La Dirección de Producción comunica que las Pyme que deseen acceder a la Ley de Emergencia Productiva Nacional deberán realizar la inscripción en el Registro MiPyME.
La inscripción en el Registro MiPyME, y por lo tanto el certificado vigente, será condición necesaria para acceder a los beneficios de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva:
📍 Extracciones bancarias: la Ley establece un impuesto al retiro de efectivo, del cual quedan eximidas las Micro y Pequeñas empresas.
📍Moratoria: regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para MiPyMEs en hasta 120 cuotas (según la obligación), por las obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019 inclusive, o infracciones relacionadas con dichas obligaciones. Incluye condonación de hasta el 100% de intereses, multas y demás sanciones. Se podrá incluir en este régimen la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos.
📍Alícuota Contribuciones Patronales de la Seguridad Social: las MiPyMEs tendrán una alícuota del 18% para las contribuciones patronales.
Para mayor información, comunicarse con la Dirección de Producción ubicada en 24 de Septiembre y Boulevard 0 (ex Matadero Municipal, de lunes a viernes de 7 a 13 horas, teléfono (02922) 46-5490; o con la Subsecretaría de Industria, PyMEs y Cooperativas del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia a los siguientes teléfonos: 0221-4291641 o 0221-422-5822.